CONVERSATORIO CON LOS JUECES DE LA CORTE IDH
En
estos días la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha tenido
varias actividades en nuestro país. Sin duda las mas relevantes han
sido las sesiones públicas que han llevado a cabo, mostrando con
total transparencia como se desarrolla una parte fundamental de su
trabajo. En la Corte han fungido como jueces destacados juristas
mexicanos: mi maestro Don Héctor Fix Zamudio, Don Sergio García
Ramírez y actualmente el Dr. Eduardo Ferrer Mac Gregor quien se
desempeña como su vicepresidente. Es conocida la complicada
situación financiera por la que atraviesan tanto la Corte como la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, derivada de los
incumplimientos de varios de los países que las crearon y que se
comprometieron a su sostenimiento, no es la pretensión abordar ese
tema sino algunos conceptos que se trataron en una interesantísima
reunión de trabajo a la que fui convidado.
La
Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Federación Mexicana
de Organismos Públicos de Derechos Humanos, convocaron a los
Ombudspersons de las entidades federativas del país a un
Conversatorio con jueces de la Corte IDH, por cierto que el término
Ombudsperson se ha propuesto como alternativa incluyente para
asimilar también equitativamente a las mujeres titulares de
organismos: de Baja California, Campeche, Ciudad de México,
Veracruz, Nuevo León y Zacatecas. El Conversatorio tuvo lugar en el
Centro Nacional de los Derechos Humanos en la ciudad de México y se
prolongó por cerca de tres horas en un tono de respeto y camaradería
pero fundamentalmente de apertura y confianza en el análisis de
temas diversos de la problematicidad actual no sólo del trabajo de
la Corte, sino también de la situación general de los Derechos
Humanos en Iberoamérica, en particular en México, de algunos
aspectos procedimentales de los asuntos que ventila la Corte, de la
importancia de su Jurisprudencia y su difusión y del cumplimiento de
las sentencias de la Corte, que aún cuando por su naturaleza son
obligatorias, a diferencia de las recomendaciones de los
Ombudspersons, carecen de medios coercitivos para su ejecución.
Un
punto que para mí revistió especial importancia fue la afirmación
de que los Derechos Humanos no es un discurso de la población y que
en muchos casos tampoco es discurso de los jefes de estado que,
aparentemente no terminan de aceptar que el mundo del Derecho ha
cambiado, que la perspectiva de D.H. es una opción ineludible de la
autoridad y que mas tarde o mas temprano, terminará de producirse el
cambio cultural que ha provocado. Para nosotros resulta explicable
que jefes de estado como los “mesiánicos” hermanos Castro, como
el “peculiar” Nicolás Maduro o el “folklórico” Evo Morales,
que gobiernan con una buena dosis de demagogia exaltando el
chauvinismo, sean reacios a aceptar los señalamientos de los
organismos internacionales que denuncian las violaciones frecuentes a
derechos fundamentales, y tienden a justificar conductas autocráticas
por la “defensa” de la soberanía y los valores patrios.
Menos
explicable es que el gobierno mexicano que se asume como un gobierno
respetuoso de la ley, vigilante de los derechos, cumplidor de sus
compromisos internacionales y promotor de la justicia, cuestione los
señalamientos de organismos internacionales. Baste recordar los
desgarramientos de vestiduras provocados por el informe del Dr. Juan
Méndez Relator Especial de la ONU contra la tortura que señaló en
su informe relativo a la visita realizada en 2014, que en nuestro
país era una práctica generalizada y a todos los niveles. La
respuesta de México a través del subsecretario de Relaciones
Exteriores Manuel Gómez fue que el Sr. Méndez no había sido
“profesional ni ético”, postura que respaldó el entonces
titular de la Secretaría José Antonio Meade, y de la que luego se
retractó nuestro gobierno, sin embargo no ha autorizado una nueva
visita del relator. Todos, y subrayo, todos los mexicanos tenemos
conocimiento de las prácticas brutales de las policías, las hemos
presenciado documentadas por los noticieros y ahora por las redes
sociales. Sin embargo aceptamos mayoritariamente que es una opción
válida cuando se trata de la persecución de delitos graves,
terrorismo, delincuencia organizada y narcotráfico. Para la ONU,
para la UNESCO, para los tribunales internacionales llámese La Haya,
Roma, Estrasburgo, San José, la postura es clara y sin excepciones:
la tortura no se justifica bajo ninguna circunstancia, más aún, y
en esto la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya se ha puesto al
día con la jurisprudencia convencional (la que proviene de los
tribunales creados por convenciones o tratados), y ha sostenido
repetidamente que la tortura no sólo debe ser investigada,
sancionada, prevenida, sino que deja de tener justificación porque
las pruebas obtenidas de manera directa o indirecta por la tortura no
podrán ser tomadas en cuenta por los jueces.
A
la
par
de la consideración
de que el discurso de Derechos Humanos no es un discurso de la
sociedad, surge también una creencia, mas o menos generalizada de
que los organismos públicos de Derechos Humanos defienden
delincuentes, impiden o estorban el trabajo de prevención e
investigación de los delitos y entorpecen el funcionamiento del
sistema de justicia. Merece la pena preguntar y preguntarse la razón
de estas creencias. Lo
decía Ortega y Gasset: “Las ideas se tienen, en las creencias se
vive” “Normalmente
no
llegamos a ellas como consecuencia de la actividad intelectual,
de la fuerza de la persuasión racional; se instalan en nuestra mente
como se instalan en nuestra voluntad ciertas inclinaciones, ciertos
usos, fundamentalmente por herencia cultural, por la presión de la
tradición y de la circunstancia... Las creencias no se pueden
eliminar a partir de argumentos concretos, sólo se eliminan por
otras creencias.”
Los
organismos públicos de Derechos Humanos tenemos tareas gratificantes
pero sin duda complejas y no siempre bien comprendidas. No es
infrecuente que en la presencia de una noticia policíaca, el público
inducido por la presentación de la nota, formule conclusiones de
culpabilidad contra una persona que ni siquiera ha sido presentada
ante un juez. No es raro que esa primera impresión prevalezca,
fundamentalmente porque no se suele dar seguimiento puntual a un
proceso. En estos días hemos documentado casos en que los propios
agentes investigadores disuaden a la víctima diciendo que con el
nuevo sistema de justicia penal, los jueces soltarán a los
culpables, por lo que no tiene caso presentar
una denuncia.
Los
Derechos Humanos no se agotan en los procesos penales, abarcan toda
la esfera de derechos fundamentales y parte de nuestra
responsabilidad es contribuir al cambio de creencias y promover la
confianza en el derecho y en la obtención de justicia. Así se dijo
en el Conversatorio: Todos los derechos para todas las personas en
todas las circunstancias.
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