LA TREMENDA RECUA ATACA, ¿AHORA, QUIÉN PODRÁ DEFENDERNOS?
Jesús Eduardo Martín Jáuregui En la pasada sesión del seis de los corrientes la llamada “Suprema Corte de Justicia de la Nación”, integrada a partir de una votación que no alcanzó más del 8% del padrón electoral, apoyada en las listas que Morena repartió oportunamente entre sus partidarios, por 5 votos contra 4 determinó la constitucionalidad del artículo 116 Bis2 de la Ley de Instituciones de Crédito, legitimando la posibilidad de que una autoridad administrativa de la Secretaría de Hacienda, la Unidad de Inteligencia Financiera pueda “congelar” cuentas bancarias de los ciudadanos, cuando a su juicio existan indicios que pudieran hacer pensar en la participación en actividades con recursos de procedencia ilícita, lo que se conoce como “lavado de dinero”. Esta medida aunada a las restricciones que el Congreso había aprobado para la limitación de los juicios de amparo, la desaparición del mecanismo de suspensión de los actos reclamados y las actividades intimidatorias del SAT, viene...




