Y ahora ¿Código Penal Único?
“No temas a la ley,
teme a los juristas” Proverbio campesino
ruso.
Mi queridísimo maestro
Don Fernando Castellanos Tena, seguramente el mejor enseñante que yo haya tenido
en las aulas, no sólo por sus conocimientos, su talante, su dominio del
lenguaje, su empatía con los alumnos, sino por el don de saber transmitir sus
enseñanzas, en las primeras clases de sus cursos advertía: “conmigo hasta el
que no quiera va a aprender” pues bien, don Fernando, especialista en derecho
penal, autor de varios libros, director de la división de estudios superiores
de la Facultad de Derecho de la UNAM, ministro de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, solía decir: “yo nunca seré penalista porque los penalistas les
gusta enredar las cosas y a mí me gustan las cosas claras”. Será por eso que de
un tiempo a esta parte los penalistas se han empeñado en complicar la
dogmática, volviéndola ininteligible, y ufanándose más, mientras sean menos los
que puedan comprender los delitos, las penas, y su enlace jurídico. Seguramente
lo deseable es que todas las leyes fueran fácilmente entendibles, más aún
aquellas que, como las penales van a sancionar con él “reproche social” como
ahora dicen, la conducta punible, como ahora dicen, del justiciable, como ahora
dicen.
Ya éramos muchos y
parió la abuela, reza el viejo refrán español, pues sí, ayer desayuné y me
atraganté con la noticia de que el Presidente de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, que sin ninguna duda debe ser un sabio, propone la creación de un
código penal único para el país y de un código de procedimientos penales
también único para el país. Aunque sabio, seguramente desconoce el apotegma de
San Anselmo que decía que el bien, para ser verdaderamente bueno debería ser
oportuno, expresión posiblemente inspirada en Aristóteles, pero que no viene al
caso hacer pruebas de ADN para determinar su paternidad.
La modificación de las
leyes es una cuestión sencillísima pero a la vez complejísima y de
consecuencias muchas veces impredecibles. Tan sencillo es que las más de las
veces en nuestro país, basta con que el presidente en turno alce su copa
(perdón, creo que me equivoqué de sexenio), digo, alce su voz y exprese la
conveniencia de crear una nueva ley, para que como en las tragedias griegas el
coro repita: “nueva ley, nueva ley, nueva ley”. El proceso legislativo se
acelera, se presentan las iniciativas, las comisiones trabajan a rajatabla, los
líderes de las bancadas comen y beben opíparamente sacrificando su valioso
tiempo para obtener los consensos, lo que se logra a partir de ponerse de
acuerdo en la cosecha del vino o en las condecoraciones del coñac, los asesores
sudan la gota gorda, los dictámenes se presentan y se dispensa su lectura, lo
que finalmente todos agradecen, se pasa a la votación y con la satisfacción del
deber cumplido los representantes populares se disponen a percibir sus jugosas
dietas, que sin embargo no representan mínimamente la magnitud de su patriótica
labor. El sencillísimo legislar.
Ah!, pero, ¡maldito
pero!, resulta que las leyes no pueden ser la expresión de una voluntad única,
ni siquiera la de un grupo mayoritario o dominante de una comunidad. Cuando eso
sucede, cuando la voluntad personal o de una oligarquía, o aún de un grupo
mayoritario demagógico, tarde o temprano la comunidad establece su consenso,
dejando de acatar las leyes, presionando a las autoridades, rebelándose
pacíficamente y a veces no tanto, logrando finalmente que las aguas vuelvan a
su cauce, es decir que la legislación que va en contra de la manera de pensar,
de sentir, de querer de una comunidad determinada en una época determinada,
tarde o temprano termina por ser legislación positiva, pero no operante ni
eficaz. Un buen símil para un pueblo bicicletero (lo digo con orgullo) como el
de Aguascalientes, es el de una competencia ciclista, de repente alguno o
algunos de los pedalistas hacen un esfuerzo por separarse del pelotón, pero
éste, constante y paciente, mantiene su persecución para regresarlos al
conjunto. Es cierto, no pocas veces algún ciclista logra imponer su ritmo, pero
los que saben de esto, opinan que tienen que hacerlo a partir del ritmo del
pelotón y tomando en cuenta para poder adelantarlo.
El presidente de la
Corte parece olvidar la naturaleza jurídica de nuestra República, lo que es
fácil recordar leyendo un librito denominado Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, ahí se señala de manera expresa que es voluntad del
pueblo mexicano (que por cierto es el soberano) constituirse en una república
democrática, representativa y FEDERAL, lo que significa la existencia de varios
estados libres y soberanos con sus propios poderes sujetos a un pacto federal
aceptado por ellos y en el que gozan de libertad para ejercer sus funciones
sometidos al texto expreso de la constitución federal. El poder legislativo federal
sólo puede legislar en lo que le está expresamente señalado, en tanto que los
poderes legislativos de los estados pueden legislar en todas las demás
materias. (Ya lo sé, ya lo sé, pero estoy hablando en teoría constitucional).
El Presidente de la Corte
parece olvidar que existe una legislación penal federal que unifica aquellos
comportamientos que se consideran delictivos dentro del ámbito de validez de
las leyes federales mexicanas, (personal, espacial y temporal) y que para su
aplicación existe una legislación procedimental federal. Las entidades
federativas están facultadas para legislar en materia penal estableciendo
conductas típicas que en esa entidad se consideren antisociales, esto implica
establecer sanas diferencias entre las entidades, su desarrollo social y
cultural, su acceso a las comunicaciones y el grado de madurez de su población.
Sin desdoro y sin ánimo peyorativo, es evidente que en estados como Chiapas,
Oaxaca, Chihuahua, y algunos más, con importantes grupos indígenas, con
problemas serios de comunicación, con comunidades aisladas, la legislación
penal debe prever comportamientos que tengan que ver con sus grupos étnicos,
sus usos y costumbres. En Aguascalientes, por el contrario, tenemos un gran
desarrollo y de acceso a las comunicaciones que nos permite plantear un mayor
nivel de exigencia para la ciudadanía. Existen en cada entidad circunstancias
peculiares que no todas comparten. La incidencia de cierto tipo de conductas,
el reproche social hacia determinados comportamientos, la tolerancia para
ciertas formas de vida, etc. varían de un estado a otro, por ello el
constituyente que también era un sabio, quiso y estableció un código penal
federal para toda la República y códigos penales específicos para cada una de
las entidades federativas. Podría abundar sobre el tema, pero afortunadamente
se agotó el espacio que generosamente me brinda este diario.
correo-e: bullidero@outlook.com
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