Proceso a la maestra, ¿y al sistema?


El día de ayer luego de un doble período constitucional de 72 horas, solicitado así por sus abogados defensores, le fue notificado a la ciudadana Elba Esther Gordillo Morales y a sus presuntos cómplices Nora Guadalupe Ugarte Ramírez, Isaías Gallardo Chávez y José Manuel Díaz Flores, el auto de formal prisión dictado por el Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales del DF, Alejandro Caballero Vértiz, por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada. A partir del momento de su notificación corre un término de tres días para interponer el recurso de apelación ante un Tribunal Unitario que en materia de procesos penales federales funge como tribunal revisor del auto dictado por el inferior. También podría optar por un Juicio de Amparo aduciendo posibles violaciones constitucionales en su detención, en las primeras diligencias o en el auto de formal prisión. En materia penal para la procedencia del Amparo no se requiere agotar los recursos ordinarios como en otras materias.
Conviene precisar que para girar la orden de aprehensión basta con la existencia de “indicios” que hagan presumir la responsabilidad y la existencia del llamado cuerpo del delito, que son los elementos objetivos que conforman el tipo penal, o en otras palabras la descripción de la conducta punible y su resultado. Las leyes penales por lo general no se plantean en términos de prohibición sino que señalan el comportamiento antisocial y establecen su penalidad. V.gr. el Código Penal no dice “está prohibido matar” sino que establece “el homicidio consiste en privar de la vida a un ser humano” y agrega “se castigará con x años de prisión al que cometa el delito de homicidio”. Hay dos apotegmas clásicos que se aplican en estos casos, “nullum crimen sine lege” que significa que no hay delito si la conducta no está exactamente descrita en una ley penal, es decir el tipo, y “nulla poena sine lege” o sea no puede existir un castigo que no esté previsto en la legislación.
Para dictar el auto de formal prisión no basta la existencia de indicios, que fueron suficientes para obsequiar la orden de aprehensión, sino que debe haber a juicio del juez datos bastantes para presumir la culpabilidad y la existencia  del cuerpo del delito. Iniciado el proceso con el auto de formal prisión vendrá propiamente el juicio, el ofrecimiento y deshago de pruebas, las conclusiones y finalmente la sentencia, que podrá también ser recurrida.
Seguramente para los que debían saberlo, el manejo discrecional de las cuotas de sus agremiados que realizaba la “lideresa moral” del Sindicato Nacional de los  Trabajadores de la Educación no era un secreto. Se sabía incluso que muchas de esas cuotas no eran ingresadas a las tesorerías de las diversas secciones del Sindicato, sino que eran enteradas directamente a cuentas de la Maestra, de donde luego eran repartidas a su leal saber y entender. Sobre su manejo y sobre el escandaloso enriquecimiento de la maestra, sobre sus nexos no siempre claros y sobre su férreo control sobre el sindicato mas numeroso de Iberoamérica se habían publicado, artículos, entrevistas, comentarios y libros que circularon abiertamente denunciado los excesos. El que tuvo ojos para ver los vio. Alguien o “alguienes” se hicieron de la vista gorda. 
Con los elementos aportados por el Ministerio Público y que han trascendido a los medios de comunicación difícilmente habrá quien levante la mano para quebrar una lanza a favor de la Maestra. Los pueblos y las personas suelen ser olvidadizos, sus leales, sus incondicionales se apresuran a voltear la cara. Si los seguidores escogidos por Él, negaron tres veces al Maestro, que no lo hagan los de la Maestra. Nadie ha movido un dedo, salvo sus familiares se han acercado a ella. Ni un grito, ni una pancarta, ni una manifestación. La aplicación de la justicia es una maquinita que una vez echada a andar no se detiene hasta dictar una resolución definitiva, casi podríamos apostar en que sentido vendrá la sentencia definitiva.
La suerte está echada y sus antes incondicionales se disponen a repartirse sus vestiduras. El proceso no es contra los trabajadores de la educación mayormente responsables y cumplidos, lo que ha quedado debidamente claro con las declaraciones y posicionamientos de las autoridades tanto federales como estatales.
Conviene sin embargo, plantearse una revisión no solo de la conducta de la lideresa ahora en desgracia, sino las de otros líderes que se encuentran en la “imaginaria” y que ante el corte de barbas de su vecina tratarán de evitar el corte de las suyas. Ciertamente los líderes, como los gobernantes y en general todo ente social son producto de su tiempo y de las circunstancias de las sociedades en las que surgen y se desarrollan. Habría entonces que poner el dedo en la llaga en los “usos y costumbres”, por llamarle suavemente, de una sociedad y una política que no sólo permitió el surgimiento de estos “personajes” por llamarles suavemente, sino que muchas veces los propició y los “cobijo”, por llamarle suavemente, producto de un corporativismo que cumplió una finalidad política para los grupos en el poder. No se trata de un partido en particular ni de un gobierno determinado, se trata de un sistema desarrollado para conservar el poder, fin último de la Política según Maquiavelo, para lo cual se desarrollaban medios que aseguraran su conservación. 
Para no herir susceptibilidades ni mentar la soga en casa del ahorcado, podemos ejemplificar con nuestros vecinos. Hubo líderes en los Estados Unidos de América que funcionaron como ese mecanismo de control de grandes grupos que permitirían la permanencia de las estructuras cobrando la “cañota” por su sacrificada labor. Samuel Gompers, a finales del siglo XIX y principios del siglo XX, y desde luego Jimmy Hoffa líder de la “Hermandad de Camioneros” que a partir de la depresión del “29” creció vertiginosamente hasta controlar prácticamente todo el transporte de carga en los EE.UU.. A mediados de los 60s, su fuerza era tal que se habría convertido en un peligro para el sistema. Acusado de tener nexos con la “maffia” lo que seguramente era cierto fue condenado a prisión hasta que luego de 8 años el Presidente Nixon le conmutó la sentencia y salió en libertad. Una vez libre trató de retomar el liderazgo y desapareció misteriosamente en el estacionamiento de un restorán, al lado de una carretera, en un suburbio de Detroit. Nunca apareció su cadáver.
La decisión de procesar a la “Maestra”, decisión a la que no puede ser ajena la cúpula ejecutiva del país, anuncia la utilización del Derecho en contra de quienes lo violan. México vive nuevos tiempos y regresa al poder un Partido que fue garantía de movilidad social y que, como ahora lo reconocen sus dirigentes cometió errores, pero que está decidido a no volverlos a cometer. El arranque del Gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto ha sido esperanzador, la firma del “Pacto por México”  que implica un consenso en las medidas claves para el fortalecimiento y crecimiento de las estructuras del país, y en particular la vigencia del estado de Derecho auguran mejores expectativas para un país que ha tardado mucho, quizás demasiado para acceder al progreso y a la democracia.

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