AMLO VS. SCJN, ENFRENTAMIENTO ESTERIL


Para que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder detenga al poder. “El espíritu de las leyes”, Charles-Louis de Secondat, Baron de La Brède et de Montesquieu.

La propuesta de disminuir los altos salarios de los altos funcionarios fue bandera del candidato López Obrador y el presidente López Obrador la retoma por conducto de “su” partido Morena, con la iniciativa de la ley de remuneraciones de los servidores públicos ya aprobada en el Senado. El treinta y tres por ciento de los senadores, en los que se suman los partidos de oposición y algunos destacados senadores sin bandera aparente, interpusieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una acción de inconstitucionalidad, considerando que la aprobación de la ley vulnera derechos adquiridos de los servidores públicos, ya que la consideran retroactiva, y con la finalidad de debilitar a los poderes legislativo y judicial frente al ejecutivo, señalando que tendría como consecuencia última la desaparición de un auténtico Estado de Derecho, cuya prevalencia en el diseño constitucional mexicano, depende en buena medida de que operen los controles que devienen en un equilibrio de poderes y funciones.
Antes de los comicios, el presidente de la S.C.J.N. Ministro Luis María Aguilar, en una desafortunada entrevista que pretendió justificar las altas percepciones de los funcionarios judiciales, señaló entre otras cosas que la disminución de sus percepciones pondría en riesgo su imparcialidad, al hacerlos sujetos de tentaciones de cohecho o de concusión. Con ello, el ministro puso en predicamento la moralidad e integridad de los juzgadores, ligando la práctica de sus virtudes a la remuneración económica. Aludió también a los riesgos que lleva implícita la función jurisdiccional, que se compensan, así se entiende, con un pago sustancioso. Argumento falaz que concluiría con la necesidad lógica de que para cumplir sus funciones un policía debería ganar mas que un ministro, porque evidentemente corre mas riesgo.
En una intervención todavía mas lamentable, un equipo de Magistrados y Jueces de Distrito, dieron a conocer un “posicionamiento” farragoso en el que luego de abundar en lo delicado de su función, que nadie cuestiona, en el riesgo implícito, que probablemente exista como existen también jueces venales, y en que no ganan ni con mucho los $600,000 como se ha dicho, aludiendo a AMLO, concluyen en la necesidad del respeto mutuo de los poderes como garantía del Estado de Derecho. La presentación y lectura de su comunicado fue hecho por una representación de su asociación, que en buena medida justificaba algunas de las cosas feas que de ellos se ha dicho. En su mayoría “sobrados de naturaleza”, “llenos de vida”, vestidos impecablemente y un aire de llevarse de “a cuartos” con la justicia. Flaco favor le hicieron a su causa, que debiera defenderse “en su cancha”, la de los tribunales y no en la del “enemigo”, en la que es experto: el manejo de la opinión pública.
En la Corte el ministro instructor, cualquiera lo hubiera hecho, dio entrada a la acción de inconstitucionalidad luego de analizar en lo general su procedencia y decretó la suspensión de los principales efectos de la ley, que es una de las principales características de un recurso frente a la autoridad, en tanto no se resuelve el fondo de la cuestión planteada: la inconstitucionalidad de la ley. El senador Ricardo Monreal que recordó a una impertinente reportera, que además de senador tenía título de Doctor en Derecho, aclaración que seguramente era necesaria por no ser una circunstancia notoria, interpuso ante la misma Corte un recurso de reclamación por considerar que, al verse también afectados por la ley de retribuciones, la resolución que tomen los ministros no puede ser imparcial. Cuestión sin duda interesante sin respuesta legal en nuestro sistema.
Merece la pena hacer, si bien a vuela máquina, algunas consideraciones:
1.- En México, luego de la Revolución nadie que se haya enfrentado al Presidente, ha resultado triunfador.
2.- Bien hubiera hecho el Poder Judicial de la Federación (sus integrantes) en nadar de muertito, cobijarse con el petate del muerto, antes de morir en el intento con una abierta oposición.
3.- La litis ya estaba planteada entre fracciones (¿o serán facciones?) del Senado y si bien de manera indirecta se ven afectados los funcionarios judiciales, en tanto no se pronunciaran abiertamente, su imparcialidad tendría el beneficio de la duda.
4.- Es claro que la ley, no obstante sus artículos transitorios, tiene efectos retroactivos, es decir afecta derechos adquiridos que por disposición constitucional y de la ley Federal del Trabajo, legalmente no pueden ser reducidos salvo que pudiera plantearse en términos de “paro patronal”.
5.- Por regla general un juzgador debe abstenerse de conocer de un asunto en el que no pueda ser imparcial, sea porque su situación personal se vea afectada o bien se afecten personas involucradas en su esfera de derechos.
6.- Cuando un juez tiene intereses personales en un asunto debe excusarse, si no lo hace se le puede recusar. En ambos casos al proceder, conocerá otro juez de la misma naturaleza o nivel.
7.- Como no tenemos mas que una sola Suprema Corte de Justicia, el asunto no puede turnarse a otra Corte, pero tampoco puede quedarse sin resolver un asunta de la magnitud y delicadeza de esta inconstitucionalidad.
8.- Me temo, por los juzgadores, que la simpatía de la mayoría de los ciudadanos no les acompaña.
9.- No es por nada, pero ya un Presidente, el último del PRI por cierto, disolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y no pasó nada. El presidente fue Zedillo.
La tentación sin embargo debe apartarse porque en política a menudo pasa lo que no se pensaba que pudiera pasar. Tenemos a AMLO como presidente constitucional.
10.- Una alternativa dentro del panorama actual del Derecho supranacional y tratándose de un dispositivo que vulnera Derechos Humanos, que ante la hipotética negativa de la Corte para conocer del asunto, o ante la oposición abierta de la mayoría de los representantes populares federales para que la Corte siguiera conociendo del asunto, ello constituyese el acto que agotara el principio de definitivad para que se volviese competente el Tribunal Interamericano de Derechos Humanos.
Decía Jesús Ávila Femat que en un pleito hasta el que gana pierde, y en este “pleito” perdería una involucrada que no está en los papeles aprobados por el Congreso ni en los presentados a la Corte: la paz pública. Por el bien de México esperemos que se encuentre una salida no legal pero si justa y equitativa.

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