AMLO VS. SCJN, ENFRENTAMIENTO ESTERIL
Para
que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder detenga al
poder. “El espíritu de las leyes”, Charles-Louis de Secondat,
Baron de La Brède et de Montesquieu.
La
propuesta de disminuir los altos salarios de los altos funcionarios
fue bandera del candidato López Obrador y el presidente López
Obrador la retoma por conducto de “su” partido Morena, con la
iniciativa de la ley de remuneraciones de los servidores públicos ya
aprobada en el Senado. El treinta y tres por ciento de los senadores,
en los que se suman los partidos de oposición y algunos destacados
senadores sin bandera aparente, interpusieron ante la Suprema Corte
de Justicia de la Nación, una acción de inconstitucionalidad,
considerando que la aprobación de la ley vulnera derechos adquiridos
de los servidores públicos, ya que la consideran retroactiva, y con
la finalidad de debilitar a los poderes legislativo y judicial frente
al ejecutivo, señalando que tendría como consecuencia última la
desaparición de un auténtico Estado de Derecho, cuya prevalencia en
el diseño constitucional mexicano, depende en buena medida de que
operen los controles que devienen en un equilibrio de poderes y
funciones.
Antes
de los comicios, el presidente de la S.C.J.N. Ministro Luis María
Aguilar, en una desafortunada entrevista que pretendió justificar
las altas percepciones de los funcionarios judiciales, señaló entre
otras cosas que la disminución de sus percepciones pondría en
riesgo su imparcialidad, al hacerlos sujetos de tentaciones de
cohecho o de concusión. Con ello, el ministro puso en predicamento
la moralidad e integridad de los juzgadores, ligando la práctica de
sus virtudes a la remuneración económica. Aludió también a los
riesgos que lleva implícita la función jurisdiccional, que se
compensan, así se entiende, con un pago sustancioso. Argumento falaz
que concluiría con la necesidad lógica de que para cumplir sus
funciones un policía debería ganar mas que un ministro, porque
evidentemente corre mas riesgo.
En
una intervención todavía mas lamentable, un equipo de Magistrados y
Jueces de Distrito, dieron a conocer un “posicionamiento”
farragoso en el que luego de abundar en lo delicado de su función,
que nadie cuestiona, en el riesgo implícito, que probablemente
exista como existen también jueces venales, y en que no ganan ni con
mucho los $600,000 como se ha dicho, aludiendo a AMLO, concluyen en
la necesidad del respeto mutuo de los poderes como garantía del
Estado de Derecho. La presentación y lectura de su comunicado fue
hecho por una representación de su asociación, que en buena medida
justificaba algunas de las cosas feas que de ellos se ha dicho. En su
mayoría “sobrados de naturaleza”, “llenos de vida”, vestidos
impecablemente y un aire de llevarse de “a cuartos” con la
justicia. Flaco favor le hicieron a su causa, que debiera defenderse
“en su cancha”, la de los tribunales y no en la del “enemigo”,
en la que es experto: el manejo de la opinión pública.
En
la Corte el ministro instructor, cualquiera lo hubiera hecho, dio
entrada a la acción de inconstitucionalidad luego de analizar en lo
general su procedencia y decretó la suspensión de los principales
efectos de la ley, que es una de las principales características de
un recurso frente a la autoridad, en tanto no se resuelve el fondo de
la cuestión planteada: la inconstitucionalidad de la ley. El senador
Ricardo Monreal que recordó a una impertinente reportera, que además
de senador tenía título de Doctor en Derecho, aclaración que
seguramente era necesaria por no ser una circunstancia notoria,
interpuso ante la misma Corte un recurso de reclamación por
considerar que, al verse también afectados por la ley de
retribuciones, la resolución que tomen los ministros no puede ser
imparcial. Cuestión sin duda interesante sin respuesta legal en
nuestro sistema.
Merece
la pena hacer, si bien a vuela máquina, algunas consideraciones:
1.-
En México, luego de la Revolución nadie que se haya enfrentado al
Presidente, ha resultado triunfador.
2.-
Bien hubiera hecho el Poder Judicial de la Federación (sus
integrantes) en nadar de muertito, cobijarse con el petate del
muerto, antes de morir en el intento con una abierta oposición.
3.-
La litis ya estaba planteada entre fracciones (¿o serán facciones?)
del Senado y si bien de manera indirecta se ven afectados los
funcionarios judiciales, en tanto no se pronunciaran abiertamente, su
imparcialidad tendría el beneficio de la duda.
4.-
Es claro que la ley, no obstante sus artículos transitorios, tiene
efectos retroactivos, es decir afecta derechos adquiridos que por
disposición constitucional y de la ley Federal del Trabajo,
legalmente no pueden ser reducidos salvo que pudiera plantearse en
términos de “paro patronal”.
5.-
Por regla general un juzgador debe abstenerse de conocer de un asunto
en el que no pueda ser imparcial, sea porque su situación personal
se vea afectada o bien se afecten personas involucradas en su esfera
de derechos.
6.-
Cuando un juez tiene intereses personales en un asunto debe
excusarse, si no lo hace se le puede recusar. En ambos casos al
proceder, conocerá otro juez de la misma naturaleza o nivel.
7.-
Como no tenemos mas que una sola Suprema Corte de Justicia, el asunto
no puede turnarse a otra Corte, pero tampoco puede quedarse sin
resolver un asunta de la magnitud y delicadeza de esta
inconstitucionalidad.
8.-
Me temo, por los juzgadores, que la simpatía de la mayoría de los
ciudadanos no les acompaña.
9.-
No es por nada, pero ya un Presidente, el último del PRI por cierto,
disolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y no pasó
nada. El presidente fue Zedillo.
La
tentación sin embargo debe apartarse porque en política a menudo
pasa lo que no se pensaba que pudiera pasar. Tenemos a AMLO como
presidente constitucional.
10.-
Una alternativa dentro del panorama actual del Derecho supranacional
y tratándose de un dispositivo que vulnera Derechos Humanos, que
ante la hipotética negativa de la Corte para conocer del asunto, o
ante la oposición abierta de la mayoría de los representantes
populares federales para que la Corte siguiera conociendo del asunto,
ello constituyese el acto que agotara el principio de definitivad
para que se volviese competente el Tribunal Interamericano de
Derechos Humanos.
Decía
Jesús Ávila Femat que en un pleito hasta el que gana pierde, y en
este “pleito” perdería una involucrada que no está en los
papeles aprobados por el Congreso ni en los presentados a la Corte:
la paz pública. Por el bien de México esperemos que se encuentre
una salida no legal pero si justa y equitativa.
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