¡Oh sorpresa! Jamás pensé que pudiera ocurrir… en el Congreso de S.L.P. o en cualquier otro.
Pendejo
petulante: El que se enorgullece de sus pendejadas. Clasificación de
los pendejos de Hemenegildo L. Torres fundador y presidente de la
P.U.P. a la que me honro en pertenecer.
A
la Comisión Estatal de Derechos Humanos en donde actualmente laboro,
llegó un oficio denominado exhorto firmado por la Segunda
Prosecretaria del Congreso del Estado de San Luis Potosí (no se si
allá sea obligatorio ponerle la consabida H. pero me resisto a
escribirla) acompañado de una copia certificada de una petición de
un punto de acuerdo y el listado de votación, correspondiente según
se dice, a la sesión ordinaria del pasado 8 de junio del corriente.
Como del documento se le marca copia a una asociación civil que por
su naturaleza es una entidad de derecho privado y atendiendo al
principio de máxima publicidad y no conteniendo datos personales ni
siendo objeto de reserva, me tomo la libertad de glosarlo no para
gozarlo, que sin duda mas de alguno de los despistados lectores de
esta columneja lo hará, sino para evidenciar la ignorancia y como
consecuencia la preocupación de que un órgano soberano como lo es
un Congreso de una entidad federativa, acuerde (o quizá sea por eso)
soberanas tonterías.
El
oficio de marras, los comentarios entre paréntesis son míos, en lo
conducente reza: “...en Sesión Ordinaria (sic por las
grandúsculas) de la data, aprobó por mayoría exhortarle, así como
a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (la denominación de la
CNDH es “...de los Derechos Humanos); y a las de la materia de
todas las entidades federativas, que con misma la (sic) determinación
y vehemencia que defienden los derechos humanos de victimarios,
hacerlo con los de víctimas y ofendidos; además, revisar al
personal que integra sus planillas laborales, pues es de
dominio público que la delincuencia se ha incrustado en dichas
instituciones y las utiliza para atacar a elementos castrenses, de
seguridad pública, y al estado en general.”
Respeto
profundamente al estado de San Luis Potosí, a su noble pueblo que ha
dado a la patria mexicana notables prohombres y promujeres, sin duda,
y entre ellas y ellos, notables juristas. Por ese mismo respeto,
actos como el que consigna el documento que señalo,
conviene que sean
ventilados públicamente. Para partir de lo mas obvio, es muy
probable que el promedio de edad de los diputados potosinos que
votaron el acuerdo (19 a favor, 2 en contra) sea
de muy
corta edad,
porque así se explicaría que no hubieran cursado la materia de
Civismo y como en nuestro país no es obligatorio leer, ni siquiera
“ler”, pues menos leer la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. De haberlo hecho, aunque fuera por descuido,
seguramente se hubieran
sorprendido al saber que por determinación del constituyente de
1916-1917 en Querétaro, nuestro país es una república democrática,
representativa y federal. Para no abrumar demasiado a los y las
respetables pero desconocedores representantas y representantes
populares, solo me detendré en el concepto “federal” que implica
que está integrado por estados soberanos que suscriben un pacto para
agruparse en una república. Cada estado soberano según establece el
pacto (la constitución federal) tiene sus propias autoridades y
aunque a los actos de unos se les dará entera fe y crédito (según
también dice la constitución) en los otros, también se establece
un principio general de derecho de que las autoridades sólo pueden
actuar en su ámbito espacial de validez y sólo pueden realizar los
actos que les están expresamente señalados en las leyes que les
sean aplicables. Por supuesto que es de perogrullo y tan “obvia”
como la problemática (sic) que el congreso sanluisino dice atender,
que sus resoluciones, así sean exhortos, solo pueden atañer a las
autoridades potosinas, ni siquiera a sus particulares en particular
(valga la rebuznancia). Sus actos son formalmente
actos legislativos, por lo mismo con un ámbito personal, material y
temporal de validez determinado en las normas fundamentales (del país
y de aquella entidad federativa) (¿se entenderá esto?).
Si
bien como autoridad el congreso potosino no me puede exhortar a mí,
yo como ciudadano, que puedo hacer todo lo que la ley no me prohíbe,
puedo exhortar a sus diputados a que lean la constitución federal,
en particular la parte dogmática, encontrarán (quizás con
sorpresa) que en ella no se distingue entre victimarios y víctimas u
ofendidos, quizás para su decepción hallarán que no hay distinción
entre ciudadanos buenos y malos, ni entre honestos y pillos. Los
derechos fundamentales son para todos, y me pregunto ¿que parte de
“todos” no entenderán?. Mal haría un defensor de derechos
humanos, incluyendo mi amigo de San Luis Potosí, en preguntarse al
atender una queja si el quejoso es culpable o inocente, porque
estaría invadiendo la función jurisdiccional. Toca simple o
complicadamente analizar si se actualiza la violación de los
derechos fundamentales por la autoridad y en su caso hacer la
recomendación. Nada mas, pero nada menos.
En
el capítulo de antecedentes del libelo se consigna otra joyita: “La
Comisión Nacional de los (ora si le atinaron al nombre)
Derechos Humanos y las similares en las Entidades Federativas (sic
por las grandúsculas) son en México la principal entidad
gubernamental (la concordancia de número les vale) encargada
de promover y proteger los derechos humanos ante abusos cometidos por
las personas, funcionarios públicos o por el Estado (¿cuál?).
Por amor de Dios, o por amor de Marx, o del Subcomandante (el que
corresponda actualmente), o del que amen, ¡señores diputados! Las
violaciones de derechos humanos que realicen las personas (se
entiende particulares) no es competencia de los organismos defensores
de derechos humanos, fundamentalmente corresponderán a otras
autoridades: procuradurías, fiscalías o sus equivalentes (por usar
la terminología del congreso potosino).
El
espacio se acaba, pero no se acaban las zafiedades del libelo. Además
de estar incurriendo en una difamación que aunque no sea punible es
muy fea, los diputados potosinos que aprobaron el punto de acuerdo,
cometen un ilícito al afirmar que la delincuencia se ha incrustado
en “dichas instituciones”, por ende en la de Aguascalientes. Toda
persona, diputado o no, que conozca de la comisión de un delito está
obligada a denunciarlo, de manera que conmino a los diputados
potosinos a cumplir con su deber y denunciar ante la Procuraduría
General de la República y su “equivalente” en S.L.P. a los
delincuentes incrustados en la C.N.D.H. y en su “equivalente” de
S.L.P. y en una vuelta que tengan a “Agüitas” presenten su
denuncia en nuestra Fiscalía (aquí si grandúscula porque es un
nombre propio, ¡de nada!). ¡Ah! y por lo que toca al “dominio
público”, si supieran los diputados potosinos lo que es del
dominio público relativo a los congresos.
Como
decía el inolvidable Dr. Desiderio Macías Silva: “Oh verán
cuanto les crece por andársela estirando”.
Atinadísimo, muy pertinente tu comentario estimado amigo. Bien nos haría ubicarnos en quiénes somos, dónde estamos, para qué estamos donde estamos y qué debemos y no hacer. Felicidades.
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