¡Oh sorpresa! Jamás pensé que pudiera ocurrir… en el Congreso de S.L.P. o en cualquier otro.

Pendejo petulante: El que se enorgullece de sus pendejadas. Clasificación de los pendejos de Hemenegildo L. Torres fundador y presidente de la P.U.P. a la que me honro en pertenecer.

A la Comisión Estatal de Derechos Humanos en donde actualmente laboro, llegó un oficio denominado exhorto firmado por la Segunda Prosecretaria del Congreso del Estado de San Luis Potosí (no se si allá sea obligatorio ponerle la consabida H. pero me resisto a escribirla) acompañado de una copia certificada de una petición de un punto de acuerdo y el listado de votación, correspondiente según se dice, a la sesión ordinaria del pasado 8 de junio del corriente. Como del documento se le marca copia a una asociación civil que por su naturaleza es una entidad de derecho privado y atendiendo al principio de máxima publicidad y no conteniendo datos personales ni siendo objeto de reserva, me tomo la libertad de glosarlo no para gozarlo, que sin duda mas de alguno de los despistados lectores de esta columneja lo hará, sino para evidenciar la ignorancia y como consecuencia la preocupación de que un órgano soberano como lo es un Congreso de una entidad federativa, acuerde (o quizá sea por eso) soberanas tonterías.

El oficio de marras, los comentarios entre paréntesis son míos, en lo conducente reza: “...en Sesión Ordinaria (sic por las grandúsculas) de la data, aprobó por mayoría exhortarle, así como a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (la denominación de la CNDH es “...de los Derechos Humanos); y a las de la materia de todas las entidades federativas, que con misma la (sic) determinación y vehemencia que defienden los derechos humanos de victimarios, hacerlo con los de víctimas y ofendidos; además, revisar al personal que integra sus planillas laborales, pues es de dominio público que la delincuencia se ha incrustado en dichas instituciones y las utiliza para atacar a elementos castrenses, de seguridad pública, y al estado en general.”
Respeto profundamente al estado de San Luis Potosí, a su noble pueblo que ha dado a la patria mexicana notables prohombres y promujeres, sin duda, y entre ellas y ellos, notables juristas. Por ese mismo respeto, actos como el que consigna el documento que señalo, conviene que sean ventilados públicamente. Para partir de lo mas obvio, es muy probable que el promedio de edad de los diputados potosinos que votaron el acuerdo (19 a favor, 2 en contra) sea de muy corta edad, porque así se explicaría que no hubieran cursado la materia de Civismo y como en nuestro país no es obligatorio leer, ni siquiera “ler”, pues menos leer la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De haberlo hecho, aunque fuera por descuido, seguramente se hubieran sorprendido al saber que por determinación del constituyente de 1916-1917 en Querétaro, nuestro país es una república democrática, representativa y federal. Para no abrumar demasiado a los y las respetables pero desconocedores representantas y representantes populares, solo me detendré en el concepto “federal” que implica que está integrado por estados soberanos que suscriben un pacto para agruparse en una república. Cada estado soberano según establece el pacto (la constitución federal) tiene sus propias autoridades y aunque a los actos de unos se les dará entera fe y crédito (según también dice la constitución) en los otros, también se establece un principio general de derecho de que las autoridades sólo pueden actuar en su ámbito espacial de validez y sólo pueden realizar los actos que les están expresamente señalados en las leyes que les sean aplicables. Por supuesto que es de perogrullo y tan “obvia” como la problemática (sic) que el congreso sanluisino dice atender, que sus resoluciones, así sean exhortos, solo pueden atañer a las autoridades potosinas, ni siquiera a sus particulares en particular (valga la rebuznancia). Sus actos son formalmente actos legislativos, por lo mismo con un ámbito personal, material y temporal de validez determinado en las normas fundamentales (del país y de aquella entidad federativa) (¿se entenderá esto?).

Si bien como autoridad el congreso potosino no me puede exhortar a mí, yo como ciudadano, que puedo hacer todo lo que la ley no me prohíbe, puedo exhortar a sus diputados a que lean la constitución federal, en particular la parte dogmática, encontrarán (quizás con sorpresa) que en ella no se distingue entre victimarios y víctimas u ofendidos, quizás para su decepción hallarán que no hay distinción entre ciudadanos buenos y malos, ni entre honestos y pillos. Los derechos fundamentales son para todos, y me pregunto ¿que parte de “todos” no entenderán?. Mal haría un defensor de derechos humanos, incluyendo mi amigo de San Luis Potosí, en preguntarse al atender una queja si el quejoso es culpable o inocente, porque estaría invadiendo la función jurisdiccional. Toca simple o complicadamente analizar si se actualiza la violación de los derechos fundamentales por la autoridad y en su caso hacer la recomendación. Nada mas, pero nada menos.

En el capítulo de antecedentes del libelo se consigna otra joyita: “La Comisión Nacional de los (ora si le atinaron al nombre) Derechos Humanos y las similares en las Entidades Federativas (sic por las grandúsculas) son en México la principal entidad gubernamental (la concordancia de número les vale) encargada de promover y proteger los derechos humanos ante abusos cometidos por las personas, funcionarios públicos o por el Estado (¿cuál?). Por amor de Dios, o por amor de Marx, o del Subcomandante (el que corresponda actualmente), o del que amen, ¡señores diputados! Las violaciones de derechos humanos que realicen las personas (se entiende particulares) no es competencia de los organismos defensores de derechos humanos, fundamentalmente corresponderán a otras autoridades: procuradurías, fiscalías o sus equivalentes (por usar la terminología del congreso potosino).

El espacio se acaba, pero no se acaban las zafiedades del libelo. Además de estar incurriendo en una difamación que aunque no sea punible es muy fea, los diputados potosinos que aprobaron el punto de acuerdo, cometen un ilícito al afirmar que la delincuencia se ha incrustado en “dichas instituciones”, por ende en la de Aguascalientes. Toda persona, diputado o no, que conozca de la comisión de un delito está obligada a denunciarlo, de manera que conmino a los diputados potosinos a cumplir con su deber y denunciar ante la Procuraduría General de la República y su “equivalente” en S.L.P. a los delincuentes incrustados en la C.N.D.H. y en su “equivalente” de S.L.P. y en una vuelta que tengan a “Agüitas” presenten su denuncia en nuestra Fiscalía (aquí si grandúscula porque es un nombre propio, ¡de nada!). ¡Ah! y por lo que toca al “dominio público”, si supieran los diputados potosinos lo que es del dominio público relativo a los congresos.

Como decía el inolvidable Dr. Desiderio Macías Silva: “Oh verán cuanto les crece por andársela estirando”.
    

Comentarios

  1. Atinadísimo, muy pertinente tu comentario estimado amigo. Bien nos haría ubicarnos en quiénes somos, dónde estamos, para qué estamos donde estamos y qué debemos y no hacer. Felicidades.

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